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Perales del Alfambra

LLANOS DEL PEIRON DE PERALES DEL ALFAMBRA
Polígono Industrial

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NICOLAS
N-420 KM 36
Perales del Alfambra
+34 978 775 101
+34 978 775 101
Si
No


Informacion

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES AL ESTABLECIMIENTO DE INDUSTRIAS EN EL POLÍGONO INDUSTRIAL DE PERALES DEL ALFAMBRA.

“LLANOS DEL PEIRON”

 

 

Articulo 1.- Esta Ordenanza tiene por objeto estructurar y fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas al establecimiento de industrias en su polígono agro-industrial.

 

Articulo 2 .- Se considerará subvención las cantidades que el Ayuntamiento de Perales del Alfambra abonará a cargo de la correspondiente partida de gastos de su presupuesto a quienes cumplan con los fines y requisitos contenidos en la presente ordenanza.

 

Articulo 3 .- Se declaran expresamente compatibles las subvenciones aquí reguladoras con cualquier otras que pudieran ser concedidas por las diferentes Administraciones Públicas y los Organismos de ellas dependientes. No obstante el importe de las subvenciones concedidas no podrá superar en ningún caso el costo del terreno efectivamente abonado al Ayuntamiento.

 

Articulo 4 .- Serán beneficiarios de las subvenciones las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas de cualquier tipo que decidan radicar un establecimiento en el Polígono agro-industrial de Perales del Alfambra, mediante la adquisición de terrero al citado ayuntamiento.

 

No se tendrá en cuenta si es nueva actividad en el municipio o es un traslado de la misma.

 

Para percibir estas subvenciones será requisito indispensable que se finalicen las obras correspondientes antes de que transcurran tres años desde la adjudicación de la parcela.(Declaración jurada de compromiso al respecto, con posterior comprobación de su ejecución)

 

Articulo  5 .- Clases y cuantía de las subvenciones:

 

La cuantía máxima a percibir será de 14.40 € m2. Desglosada del siguiente modo.

 

-importe de la licencia de obras  y apertura (50%)de su costo.

 

-Una cantidad igual al importe de I.B.I de los tres primeros años de actividad.

 

- 3€/m2 por puesto de trabajo generado, considerándose como puesto de trabajo el propio del autónomo o autónomos que desempeñen la actividad.

Con un máximo de subvención de 4 trabajadores .

Pudiendo llegar a un total de 12 € / m2 como máximo en lo que respecta a la generación de empleo.

 

- 2€/ m2 por inicio de la actividad y como tal finalización de las obras correspondientes antes de los dos años de adjudicación de la parcela correspondiente.

 

-2€/ m2 por compromiso firme de permanencia de la actividad un mínimo de cinco años en el municipio.

 

 

Articulo  8 .- Plazo de solicitud de la subvención, es de dos meses desde la fecha de adjudicación de la parcela. Con sujeción a las partidas presupuestarias destinadas al efecto.

 

Articulo   7.-Las solicitudes se presentarán en el modelo oficial que establezca al efecto el citado ayuntamiento, en el Registro General del Ayuntamiento de Perales del Alfambra o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/ 92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y a la que se acompaña la siguiente documentación.

 

1.-Fotocopia del DNI O CIF  de la empresa.

 

2.-Documentación acreditativa del número de trabajadores en plantilla antes y después de la apertura.

 

 

3.-Justificante bancario del pago de terreno

 

4.-Solicitud de la Licencia de Obras correspondiente.

 

5.-Estar al corriente con la Seguridad Social y con Hacienda.

 

6.-Proyecto de las obras a realizar

 

Articulo  9 .- Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o no se acompañan los documentos señalados, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la advertencia de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición y se procederá a su archivo.

 

Articulo  10 .- El interesado facilitará las inspecciones y actos de investigación que el Ayuntamiento disponga a través de sus servicios y está obligado a aportar los documentos tributarios y contables que se le requieran  en orden a la determinación y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse esta resolución.

 

Articulo  11 .-El pago de las subvenciones se efectuará en el plazo de los seis meses siguientes a la fecha de la concesión

 

Al momento del pago deberá acreditarse que se cumple con los requisitos establecidos cuando la solicitud.

 

La Corporación local se reserva el derecho de que si no se cumplen los requisitos que otorgaron la subvención , proceder a solicitar la devolución de la subvención con los intereses de demora correspondientes, al tipo de interés correspondiente,.

 

 

Articulo  12 .- La mera presentación de solicitud de subvención de las aquí reguladas, implica el conocimiento y aceptación de esta ordenanza.

 

Articulo  13 .- En lo no previsto por la Ordenanza, serán de aplicación las normas generales reguladoras del procedimiento administrativo y los dictados en su desarrollo en materia de subvenciones.

 

 

Y no se como habría que poner eso de que si La Corporación local no dispone de presupuesto-......

 

POLÍGONO AGRO-INDUSTRIAL DE PERALES DEL ALFAMBRA.

 

 

 

Como recurso de uno de mis municipios, he estado recopilando información al respecto.

 

Es un polígono que dispone de parcelas libres, que podrían ser vendidas  y podrían albergar alguna empresa en las mismas, pero de momento ahí están.

 

Decir que cogí la ordenanza que regulaba su venta y me di cuenta, que las condiciones no eran muy claras, por lo que plantee al Ayuntamiento el realizar una nueva Ordenanza. Más bien redacte una .

 

Después, se procedió a estudiar que tipo de subvención se podría dar a los futuros empresarios que se situaran en el mismo, para facilitar así la inserción de alguna empresa más en la zona.

 

Yo establecí baremos para que el ayuntamiento los estudiara, valorando la generación de puestos de trabajo en la zona, la permanencia de las empresas que se implantaran y el tiempo que deberían tardar en instalarse desde la fecha de adjudicación y concesión de la licencia de obras por parte del ayuntamiento, baremos que garantizaran la permanencia de las empresas en la zona con puestos de trabajo a la vez que no demoraran mucho en terminar sus obras.

 

Plantee que sería bueno que un arquitecto pusiera valor a esas parcelas para ver la subvención que se podría dar, al igual que valorar junto con el ayuntamiento cuales serían las condiciones más ventajosas para el empresario y cuales serían los requisitos que se podrían pedir a los futuros empresarios que se beneficiaran de la subvención de cara a la generación de puestos de empleo, permanencia de su empresa en la zona, inversión minima.

 

En la actualidad existen empresas que en su momento recibieron subvención y que no han terminado sus obras.(Ahora esos terrenos revierten al ayuntamiento y dispone de alguna que otra nueva parcela)

 

Estuve mirando en internet en las diferentes paginas donde era promocionado el polígono agro-industrial de Perales, para ver los datos que del mismo aparecían.

 

En muchos de ellos habían datos que no estaban actualizados y como tal los he recopilado y desde el Ayuntamiento se han enviado para que se proceda a sus correcciones.

 

Cuando esté publicado el pliego de condiciones, escanearemos el plano para disponer información totalmente correcta de la situación del polígono de Perales que era lo que necesitaba saber para poderlo promocionar correctamente y saber su situación de cara a futuras empresas que se puedan ar en el mismo.

 

Conocer totalmente los recursos con los que cuento y así poderlos promocionar e informar al respecto a los posibles emprendedores.

 

A fecha de hoy, se las parcelas de las que dispone el polígono,para poder proceder a su venta, al igual que sus condiciones de venta junto con la subvención a aplicar que era lo que me motivó a ponerme a estudiar el polígono de Perales.

 

 

 

 




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